lunes, 22 de febrero de 2010

Cuentas públicas

Desde 1999, la fiscalización de los ingresos y los egresos públicos, así como del cumplimiento de los objetivos de los programas, se asignó a un órgano técnico dotado de autonomía de gestión, formalmente adscrito a la Cámara de Diputados. Este órgano, desde esa reforma constitucional, tiene a su cargo la revisión de la cuenta pública que anualmente rinde el Ejecutivo federal, y debe presentar a los diputados un informe sobre los resultados de dicha revisión. A partir de ese informe, los diputados no sólo activan sus facultades de control político, sino que también están llamados a corregir, a base de medidas legislativas y presupuestales, las insuficiencias y debilidades de las políticas que se fondean con recursos públicos.

El arreglo institucional vigente atiende un triple propósito: profesionalizar la fiscalización sobre la gestión presupuestal y financiera del gobierno; impedir que una mayoría parlamentaria pueda condicionar los alcances de la rendición de cuentas sobre la aplicación de los fondos públicos, como sucedía en los tiempos del partido hegemónico y, además, provocar que los resultados de la revisión de la cuenta pública orienten futuras decisiones presupuestales, sin perjuicio claro está de las responsabilidades concretas que ciertas conductas indebidas pudiesen motivar.

Una segunda reforma constitucional, del año de 2008, acotó los plazos de revisión de ese instrumento con el propósito de alcanzar el tercer propósito antes aludido, esto es, que de la fiscalización superior puedan derivarse medidas preventivas y correctivas de cara a próximos ejercicios presupuestales. De hecho, la ley reglamentaria ordena que las comisiones parlamentarias sectoriales acompañen la discusión pública del informe de resultados. Esto último permite que los espacios parlamentarios en los que se da seguimiento permanente a las políticas en cada uno de los distintos sectores, puedan nutrirse de los errores, omisiones e incluso fortalezas detectadas por la Auditoría. Es, en esencia, un cambio sustancial de enfoque: los destinatarios de la revisión de la cuenta pública no sólo es el Ejecutivo federal como responsable de la custodia y aplicación de los fondos públicos, sino también los diputados que tienen en sus manos la aprobación de los próximos presupuestos.

En los últimos días, se ha difundido la especie de que existen cuentas públicas pendientes de resolución. Por alguna incompresible razón se ha interpretado que esas cuentas quedaron en el limbo de la indefinición o, peor aún, que esos ejercicios no fueron cabalmente auditados. Esa interpretación es falsa. Todas esas cuentas públicas fueron revisadas por la Auditoría. Entre 2003 y 2007, la Auditoría Superior efectuó mil 680 revisiones concretas y emitió 12 mil 682 acciones sobre esos ejercicios. De ese universo de acciones, sólo quedan por solventar 56 de 2006 y 347 de 2007. El problema es otro. Las leyes no se ajustaron previamente para definir cuál es el papel de los legisladores frente a los informes de resultados. Por fortuna, las reformas de 2008 y 2009 han corregido esta situación.

La fiscalización de los recursos públicos y de las políticas gubernamentales concluye con la discusión pública y serena en la sede de los diputados. Es un elemento fundamental del control político. Sin perder de vista, por supuesto, que el principal deber es corregir lo que se esté haciendo mal.

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